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Reclamos

A través de la Circular N°13, del 30 de diciembre de 2010, la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) estableció un procedimiento de tramitación de reclamos en contra de los casinos de juegos autorizados por la Ley N°19.995.

De acuerdo al referido procedimiento, si usted tiene una discrepancia respecto del funcionamiento de un casino de juego o de la explotación de los juegos de azar que se desarrollen en éste, debe presentar un reclamo en primera instancia ante el propio casino de juego.

El plazo del casino de juego para dar respuesta a su reclamo es de 10 días hábiles contados desde la presentación de la solicitud.

En caso de disconformidad con la respuesta dada por el casino de juego, usted puede recurrir en segunda instancia a la SCJ para su revisión.

Para la presentación del reclamo, se deberá acompañar copia de la respuesta otorgada por el casino.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Ley N°19.880, sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, el tiempo máximo de tramitación no puede ser superior a 6 meses, contados desde la fecha de ingreso de su presentación, salvo en situaciones de caso fortuito o de fuerza mayor que sean así debidamente calificados por la Superintendencia.
 

Language
Spanish
Body

FORMULARIO DE RECLAMOS

        

   

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