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24 de Octubre de 2019

Superintendencia suspende obligación del funcionamiento de los casinos de juego en caso que no puedan garantizar condiciones de seguridad para sus clientes y trabajadores

La Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) suspendió a partir del 22 de octubre recién pasado, y a través de los Oficios Circulares N°s 25 y 26, la obligación de funcionamiento de los casinos de juego y sus servicios anexos establecida en el artículo 6° del Decreto Supremo 287, del Ministerio de Hacienda de 2005, en tanto las sociedades operadoras y concesionarias municipales ubicadas en las zonas declaradas en Estado de Excepción, no pueden garantizar que existen condiciones de seguridad para sus trabajadores y usuarios.

Asimismo, el organismo suspendió los plazos administrativos que se encontraban corriendo a la fecha de la vigencia del decreto que declara Estado de excepción Constitucional de Emergencia, y que digan relación con el cumplimiento de instrucciones generales o particulares decretadas por esta Superintendencia. La referida suspensión se mantendrá vigente en tanto dicho estado de excepción se encuentre vigente. Sin perjuicio del cumplimiento de las instrucciones impartidas en el presente oficio, sigue plenamente vigente la obligación de reportar oportunamente las contingencias relevantes.

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