Superintendencia de Casinos de Juego

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Portal Mi SCJ

Para ingresar una solicitud ciudadana debes ingresar al Portal Mi SCJ.

Esta plataforma electrónica te permitirá conocer el estado de tramitación de cada solicitud ingresada, acceder directamente al expediente electrónico de tus solicitudes y adjuntar antecedentes adicionales durante la tramitación de cada solicitud.

Los requerimientos que podrás formular en el Portal Mi SCJ son las siguientes:

Consulta: La Superintendencia responderá sus consultas relacionadas con la normativa a los casinos de juego y su funcionamiento, así como el rol que desempeña esta institución en la autorización, funcionamiento y fiscalización de los casinos de juego del país. El plazo de respuesta a tu consulta es de 18 días corridos.

Denuncia: Corresponde a las presentaciones que realizan las personas, en términos generales, sobre posibles incumplimientos por parte de los casinos de juego, y no sobre un conflicto particular. El plazo de respuesta de tu denuncia es de 30 días corridos.

Reclamo: En primera instancia debes realizar el reclamo respectivo ante el casino, quien dispone de diez días hábiles para responderte, contados desde la presentación de tu solicitud. Si no estás conforme con la respuesta recibida, puedes recurrir a la Superintendencia para la revisión de tu reclamo en el que deberás acompañar la copia de la respuesta otorgada por el casino. El plazo de respuesta a tu reclamo es de 75 días corridos.

Queja, sugerencia y felicitaciones: La Superintendencia está disponible para recibir sus quejas, sugerencias y felicitaciones sobre la atención proporcionada por este organismo, las cuales serán un valioso aporte para mejorar la calidad del servicio que le brindamos a la ciudadanía. El plazo de respuesta de este requerimiento es de 30 días corridos.

Sin perjuicio de los plazos indicados para cada solicitud, dependiendo de la complejidad del caso, el tiempo de tramitación se puede extender hasta por seis meses, conforme a la normativa que regula a los servicios públicos.

 


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Importante: El uso de la Clave Única de otra persona, bajo cualquier circunstancia, se considera suplantación de identidad y puede ser sancionado por la ley. Esto incluye incluso los casos en que el uso sea autorizado por el titular, ya que la Clave Única es personal e intransferible.